Año 1524, se trata de una Real Providencia del Emperador D. Carlos y la reina Doña Juana, firmada por algunos señores del Consejo y refrendada por el Escribano de Cámara Francisco Salmerón, mandada al Corregidor de la ciudad de Córdoba para que se informara de que los Alguaciles y Merinos no se entremetieran en las visitas a las tiendas de paño y otros oficios, sin estar presentes los Diputados que estaban obligados a ello, debido a que se perpetraban muchos robos. Archivo Municipal de Córdoba SF /C 85/2, 003
Año de 1524 decreto de los Reyes para que se inspeccionen las tiendas de paños debido a la gran cantidad de robos que se estaban produciendo.
Año 1526, 21 de noviembre, se trata de una Real Providencia del Emperador D. Carlos y la reina Doña Juana, firmada por algunos señores del Consejo y refrendada por el Escribano de Cámara, se le envio al Corregidor de la ciudad de Córdoba para que informara de que a los vecinos los aAlguaciles no les quitasen sus espadas antes del amanecer. Archivo Histórico de Córdoba S/F 82/3.
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Año 1538 ,se trata de una Real Providencia del Emperador D. Carlos y la reina Doña Juana, firmada por algunos señores del Consejo y refrendada por el Escribano de Cámara Juan Perez Barahona, que fue enviada al Corregidor de la ciudad de Córdoba, para que los Alguaciles cumpliesen las ordenes de los Alcaldes Ordinarios. Archivo Histórico de Córdoba S/F 85/5.
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Año 1575, sobre los Alguaciles Ordinarios de Córdoba.
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